Bolsa de Caridad

 

Regla 35ª: La Bolsa de Caridad de la Archicofradía es la sección de ésta que, con sus propios medios, prestará asistencia material a las personas acreedoras de ello como medio de que todos los hermanos se ejerciten en el amor cristiano a sus semejantes.

 

Regla 36ª: Los fines de la Bolsa de Caridad son los de atender a los hermanos necesitados de socorro y ayuda, sufragando en particular los gastos de entierro y en general cualquiera otros que, a juicio del Cabildo de Oficiales y según el espíritu de las Reglas, sean dignos de la atención de la Archicofradía a través de su Bolsa de Caridad.

 

El ejercicio de la caridad, junto al culto y el perfeccionamiento espiritual, constituye uno de los fines fundamentales de nuestra Archicofradía. Las obras caritativas y asistenciales que promueve la Bolsa de Caridad, se llevan a cabo, gracias a los fondos que los hermanos y otras personas aportan. Si es su intención colaborar con esta Primitiva Hermandad de los Nazarenos de Sevilla, lo puede hacer a través de nuestra página de donativos.

 




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Nuestro Padre Jesús Nazareno
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41001 Sevilla