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Admisión e Ingresos
Regla 40ª: Son miembros de la Archicofradía aquellos fieles católicos de ambos sexos que lo soliciten y sean admitidos según lo dispuesto en estas Reglas. No pueden ser admitidos en ella las personas objeto de excomunión, anatema o suspensión canónica, las afiliadas a secta o sociedad reprobada por la Iglesia y las que lleven una vida escandalosa.
Regla 42ª: El ingreso en la Archicofradía se solicitará por escrito, haciendo constar el nombre y dos apellidos del solicitante, lugar de su nacimiento, su edad, parroquia de su bautizo, su estado civil, su profesión, su residencia y su domicilio. Dos hermanos firmarán la solicitud de ingreso en prueba de conocer suficientemente al solicitante.
Regla 45ª: Los hijos de hermanos y devotos de los Titulares de la Archicofradía podrán ser admitidos en ésta desde su bautismo si lo solicitan en su nombre sus padres, padrinos, tutores o cuidadores. Pero no les alcanzará la plenitud de derechos y obligaciones hasta que, llegados al uso de razón, presten el juramento establecido. |